Información - CONVOCATORIAS PARA PYMES: MAYO DE 2011
Información de interés sobre programas de ayuda y subvenciones para pequeñas y medianas empresas (Pymes) gestionadas por los gobiernos autonómicos.
29/05/2011 - news
- Programas de ayudas para la incorporación de profesionales en comercio exterior a Pymes de Cantabria 2011.
- Órgano: Sociedad para el Desarrollo Regional de Cantabria.
- Ámbito: Cantabria.
- Beneficiarios: Podrán acogerse a estas ayudas todas las empresas industriales o de servicios de apoyo a la industria que tengan abierto un centro de producción con domicilio social en la Comunidad Autónoma de Cantabria, según la definición de la Unión Europea con arreglo a la Recomendación 2003/361/CE, de 6 de mayo de 2003, de la Comisión Europea, y que cuenten con uno o más trabajadores por cuenta ajena.
- Plazo de presentación de solicitudes: Hasta el 30 de noviembre de 2011.
- Más información.
- Convocatoria para la concesión de subvenciones públicas para la ejecución de acciones de formación para el empleo de trabajadores realizadas por empresas mediante Planes de Formación Para el empleo en las Empresas PYMES ubicadas en la Comunidad Foral de Navarra y se establecen las Bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación.
- Órgano: Servicio Navarro de Empleo.
- Ámbito: Comunidad Foral de Navarra.
- Beneficiarios: Empresas privadas ubicadas en Navarra que tengan la consideración de Pyme, de acuerdo con la definición contenida en el ANEXO I del Reglamento (CE) N.º 800/2008 de la Comisión de 6 de agosto de 2008 y que reúnan los requisitos generales para ser beneficiarias que establece la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones. También podrán beneficiarse de las subvenciones para la realización de Planes de Formación en las empresas, las entidades ubicadas en Navarra que empleen en más de un 50 % a personas discapacitadas o a personas excluidas o en riesgo de exclusión.
- Plazo de presentación de solicitudes: Abierto.
- Más información.
- Subvenciones dirigidas a las empresas del Principado de Asturias para la contratación de técnicos especializados en comercio exterior.
- Órgano: Sociedad para el Desarrollo Regional de Cantabria.
- Ámbito: Cantabria.
- Beneficiarios: Empresas, pymes o no pymes, industriales y de servicios de apoyo industrial que reúnan los siguientes requisitos: • Que tengan personalidad jurídica propia. Quedarán excluidas las comunidades de bienes y las sociedades civiles, así como las asociaciones y fundaciones. • Que tengan su sede social o establecimiento de producción en el ámbito territorial del Principado de Asturias. • Que se hayan constituido al menos 1 año antes de la fecha de presentación de la solicitud de estas ayudas. • Que se encuentren dadas de alta en el Impuesto de Actividades Económicas en alguno de los epígrafes empresariales que estén señalados como subvencionables en el Anexo II de las presentes bases. En casos excepcionales y siempre que el proyecto cumpla con los requisitos de las presentes bases, podrán optar a estas ayudas empresas dadas de alta en otros epígrafes del IAE siempre que no estén prohibidas por la normativa vigente. • Que cuenten con uno o más trabajadores por cuenta ajena a tiempo completo o equivalente. • Que cuenten con una estrategia de internacionalización definida, para cuya ejecución sea precisa la contratación de un técnico formado en comercio internacional.
- Plazo de presentación de solicitudes: Hasta el 15 de octubre de 2011.
- Más información.
- Subvenciones para fomentar la responsabilidad social empresarial (RSE) en las pequeñas y medianas empresas, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, y se convocan para el ejercicio 2011.
- Órgano: Consejería de Trabajo y Bienestar.
- Ámbito: Galicia.
- Beneficiarios: Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las empresas privadas con domicilio social y centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Galicia, que reúnan las siguientes condiciones: a) Que no superen los 50 millones de euros de volumen de negocio anual o su balance anual sea inferior a 43 millones de euros. b) Que cuenten con un número de personas trabajadoras inferior a 250. A los efectos de determinar al número de personas trabajadoras en la empresa, se atenderá al número de personas trabajadoras en………..ver texto.
- Plazo de presentación de solicitudes: Hasta el 18 de junio de 2011.
- Más información.
- Convocatoria de ayudas para la concesión de subvenciones al amparo del Programa de Apoyo a la Innovación de las Pequeñas y Medianas Empresas (InnoEmpresa) 2007-2013 en el ámbito de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias para el ejercicio 2011
- Órgano: Consejería de Industria y Empleo.
- Ámbito: Principado de Asturias.
- Beneficiarios: Podrán solicitar y acogerse a las ayudas previstas en estas bases, las pymes individuales y los Organismos Intermedios con sede social o establecimiento de producción en el ámbito territorial del Principado de Asturias que cuenten con uno o más empleados por cuenta ajena. A estos efectos se entenderá lo siguiente: 1.1. Pymes individuales: Serán las pequeñas y medianas empresas con ánimo de lucro cuya actividad se desarrolle en la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. 1.2. Organismos Intermedios: Serán considerados como tales las organizaciones privadas, sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia, que de forma habitual presten servicios de apoyo a la innovación y a la modernización en sus diversas formas a las pequeñas y medianas empresas (Pymes), y dispongan de recursos materiales y humanos para impulsar y orientar dichos proyectos innovadores, cuya actividad se desarrolle en la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias (excepto para la línea 2.2. Realización de proyectos de desarrollo tecnológico aplicado). Los Organismos Intermedios deberán cumplir la condición de Pyme. A efectos de su consideración como beneficiarios, tanto en el caso de las pymes individuales citadas anteriormente (1.1), como en el de los organismos intermedios (1.2), serán de aplicación los criterios y condiciones en relación a la definición de PYME establecidos en el Anexo I del Reglamento (CE) n.º 800/2008, estableciendo a estos efectos que: 1.— La categoría de microempresas, pequeñas y medianas (PYMES) está constituida por las empresas que ocupan a menos de 250 personas y cuyo volumen de negocios anual no exceda de 50 millones de euros o cuyo balance general anual no exceda de 43 millones de euros. 2.— En la categoría de las PYMES se define a una pequeña empresa como una empresa que ocupa menos de 50 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 10 millones de euros. 3.— En la categoría de las PYMES se define a una microempresa como una empresa que ocupa a menos de 10 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general no supera los 2 millones de euros. El cómputo de los efectivos y límite señalados, en el caso de empresas asociadas o vinculadas se efectuará tal y como los apartados 2 y 3 del artículo 6 del anexo citado. Para su consulta, el texto del Anexo al citado Reglamento 800/2008 de 6 de agosto (DOCE nº L 214/3 de 09/08/2008), se expone en Internet en la dirección, http://www.idepa.es..
- Plazo de presentación de solicitudes: Hasta el 22 de junio de 2011.
- Más información.